Acciona Abogados

¿Me pueden embargar la cuenta corriente?

Share on facebook
Facebook
Share on twitter
Twitter
Share on linkedin
LinkedIn
Share on whatsapp
WhatsApp

Una duda que es recurrente entre aquellos que poseen cuenta corriente es: ¿Me pueden embargar la cuenta corriente? ¿Es verdad que te pueden embargar la cuenta corriente? De ser así ¿en qué casos ocurre?

Por ello en Acciona Abogados queremos aclarar estas dudas, para que puedas estar tranquilo constantemente sobre lo que implica tu deuda, y tengas la certeza que cuentas con abogados, que están a tu servicio y para defenderte.

¿Me podrían embargar la cuenta corriente?

Tenemos que decirte que: Lamentablemente SÍ, si pueden. Y claro suena terrible, pero no te debes asustar. Esto NO ocurre siempre y por otro lado no ocurre por una deuda cualquiera. Deben tener ciertas condiciones que te detallaremos a continuación.

Debemos saber distinguir algo esencial en este tema: No es lo mismo el embargo del sueldo que el embargo de la cuenta corriente. El primer caso sólo se da por deudas de pensión alimenticia y es como su nombre lo dice, el embargo del dinero que deposita tu empleador. En el segundo caso, es el embargo que tiene relación con tus ahorros y con el dinero que tienes en una o más cuentas corrientes.

¿Cuándo ocurre el embargo de la cuenta corriente?

Ya sabemos que si tienes una deuda existe la posibilidad de que te embarguen el dinero de la cuenta corriente, pero ¿en qué casos se da esto? ¿qué tipos de deudas son las que podrían llevar al embargo de la cuenta corriente? Queremos explicarte cuales son.

El embargo de tu cuenta corriente (y como cualquier tipo de embargo en Chile), ocurre SÓLO y únicamente existe una demanda en tu contra por una deuda que tengas. Las empresas a las que les debes tienen 2 pasos para cobrar el monto que le adeudas:

  • Cobranza extrajudicial: te llamarán por teléfono, te enviarán cartas y te presionarán para que pagues
  • Cobranza judicial: En la cobranza judicial realizarán una demanda ante los tribunales civiles para que se te conmine al pago de lo adeudado, y en caso de que no realices el pago solicitaran ante el juez el embargo correspondiente de bienes.

Es en este segundo caso (cuando realizan una demanda a través de los tribunales) es que podrían embargar tu cuenta. En ausencia de una demanda judicial, entonces no hay embargo y entonces tu cuenta corriente está a salvo.

¿Cuánto tiempo pasará desde que deje de pagar hasta que me demanden y por lo tanto me embarguen?

Anteriormente indicamos y definimos la etapa en la que puede llegar a ocurrir el embargo de la cuenta corriente, pero ¿cuánto tiempo pasará desde que dejé de pagar hasta que me demanden y por lo tanto me embarguen? Aquí se cumplen los mismos plazos que en la cobranza extrajudicial y cobranza judicial. Esto es un ejemplo más menos practico que te puede ayudar a entender el proceso:

  • Compro un producto en cuotas
  • Me atraso en la tercera cuota
  • La empresa espera 21 días para que pague
  • Si en 21 días no pago comenzará una cobranza extrajudicial (llamados telefónicos, cartas, mensajes de texto, etcétera)
  • Si pasan 90 días (3 meses) la empresa dejará la cobranza extrajudicial y me demandará (cobranza judicial)
  • Llegado este punto (la demanda) el tribunal tendría la posibilidad de embargar bienes a petición del demando, en síntesis toda clase de bienes que la ley faculta.

Proceso de embargo de cuenta corriente

Ya sabemos por qué ocurre y cuándo ocurre, pero ¿cómo es el proceso de embargo de la cuenta corriente? Primero, el juez emitirá una resolución solicitando a la entidad bancaria correspondiente que coloque a disposición del tribunal los dineros de la cuenta corriente de la persona embargada.

El banco estará obligado a hacerlo y congelará la cuenta corriente de la persona (no se podrá sacar, mover ni transferir dinero).

Hecho esto se entregarán los dineros a la empresa a la que le debes y si el monto no alcanza para cubrir la deuda, entonces se pasará a embargar los bienes y propiedades de la persona.

¿Puedo defenderme?

Sí, hay alternativas y soluciones (tienen que estar tranquilos). Como explicamos en nuestro artículo de embargos existen 4 formas de evitar que te quiten el dinero de tu cuenta corriente:

  • Defensa Judicial: Colocando los correspondientes recursos legales para retrasar la demanda
  • Repactando: No recomendamos realizar este tipo de actos, frente a esta situación de contingencia podría ser una buena alternativa negociar la deuda para que desaparezca la que existe y nazca una nueva
  • Pagando: si pagas por supuesto evitarás todas las sanciones

Más para Explorar